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A partir del 13 de octubre de 2021 el Gobierno de la Ciudad de México avisó que la expedición de copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio y/o defunción en formato digital se pueden solicitar a través de la plataforma de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales disponible en el siguiente enlace electrónico: https://actas.cdmx.gob.mx

La plataforma está disponible los 365 días del año las 24 horas del día, las copias certificadas en formato digital tienen la misma validez que las copias expedidas en los kioscos de la tesorería o en las Juzgados del Registro Civil y pueden ser utilizadas para realizar cualquier trámite gubernamental o ante el sector privado. Para verificar la autenticidad de dichas copias digitales, las mimas cuentan con un código QR mediante el cual las instituciones públicas o privadas pueden comprobar la validez del mencionado documento público.

Es importante resaltar que para poder realizar dicho trámite es necesario crear o contar con una cuenta “Llave CDMX”, una vez que el interesado haya iniciado sesión en la plataforma antes citada deberá proporcionar los datos registrales que se le requieren del acta de nacimiento, matrimonio o defunción según corresponda, los cuales son: Juzgado, libro, número de acta o partida, año de registro y nombre y apellidos de la persona titular del documento.

Posteriormente el interesado deberá realizar el pago de derechos correspondiente, ya sea en línea con tarjeta de crédito o débito, o de forma física en alguna institución bancaria o tienda de autoservicio, para lo cual deberá imprimir el formato de pago respectivo, hecho lo anterior en un plazo de 48 horas el interesado podrá descargar la copia certificada en formato digital que haya solicitado.

Este servicio del Gobierno de la Ciudad de México forma parte del proyecto de modernización tecnológica y simplificación administrativa en la administración pública, en el cual se encuentra contemplada la construcción de una base de datos que contenga todas las actas del acervo registral desde 1861 a la fecha, la cual permite mediante la interconexión de los 50 Juzgados del Registro Civil expedir inmediatamente copias certificadas del estado civil de las personas con independencia del juzgado en el que se efectuara el registro.

 

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